jueves, 18 de noviembre de 2010

Webquest: Desarrollo Sostenible


Desarrollo sostenible puede definirse como el proceso integral de lograr una estabilidad en la condición que resulte favorable para la sociedad, el emdio ambiente y la economía. Es un tema que nunca agota su impulso de discusión. Incansablemente se generan al respecto opiniones, argumentos e innovaciones que amplían las opciones de análisis que se ofrecen al hablar de desarrollo sustentable o sostenible. Al haber revisado el concepto , se puede concluir que al fin y al cabo, el desarrollo sostenible es una cuestión esencial para lograr el bienestar general de las personas. Fue interesante ver la relación tan estrecha que mantienen las esferas del desarrollo sostenible. Fue evidente que una depende de la otra y que por ello se debe de ver como un proceso integral en búsqueda del la sustentabilidad de una condición equilibrada social, ecológica y económicamente, procurando primeramente el bienestar general del ser humano.

domingo, 7 de noviembre de 2010

Agricultura Orgánica


Esta semana estudiamos acerca de la agricultura orgánica o eco agricultura. Fue para la mayoría, un tema bastante interesante y además novedoso, al menos nuevo para generar una discusión entre nosotros. La agricultura y sus efectos sobre el ambiente merecen bastante análisis, pues como se mencionó, sus efectos sobre el medio no son irrelevantes pues no siempre acarrea consecuencias positivas a nivel ambiental. Mencioné en el foro que las modificaciones que sufre el medio a causa de los procesos que son inherentes al desarrollo de la agricultura, crean la molestia que motivó en su origen a recurrir a otro medio alternativo que cumpliera la misma función social pero que, generara menos daños en el ambiente.

Durante nuestra discusión quedó claro que los presupuestos bases que abarca este tipo de agricultura, incluyen toda actividad tendiente a la conservación y protección del medio dentro del desarrollo de la agricultura. Por ello, concluí qu si bien dentro de lo que estudiamos se encontraban definidos los principios que dirimen esta a la eco agricultura, podríamos afirmar que tal y como la actividad común da pasos evolutivos, así lo serán en este sentido aquellas situaciones que se presenten de la mano con esos avances y que generen protección efectiva del ambiente.

Delitos Ambientales


Estuvimos analizando las clases de sanciones que padecen quienes inciden en una conducta que genere algún menoscabo al medio ambiente. Con el fin de crear consciencia y de otorgar a las normas ambientales carácter obligatorio, se recurre a sanciones que van desde multas hasta penas privativas de libertad. Son varias las normas que establecen este tipo de castigos, y entre ellas se enumeran tanto leyes especiales como el Código Penal que no dejó atrás la contemplación de este tipo de conductas que atentan contra el patrimonio ambiental y el derecho de gozar de un ambiente sano. Estas normas son, a saber:

Ley de Patrimonio Histórico Arqueológico
Ley de Protección Fitosanitaria
Ley Forestal
Ley de uso, manejo y conservación de suelos
Ley de Conservación de la Vida Silvestre
Ley de la Zona Marítimo Terrestre
Código Penal
Ley de Patrimonio Arqueológico


Para detallar cada una de las sanciones se requiere la observación de las anteriores normas, sin embargo, fue interesante ver, desde una perspectiva punitiva la defensa del ambiente, y generar consciencia acerca de la gravedad de la situación puesto que las penas y sanciones expresan esta importancia.

sábado, 23 de octubre de 2010

Certificaciones ambientales & Incentivos Forestales

Las certificaciones ambientales y los incentivos forestales son parte de aquellos temas que se podría decir que deberían de ser de conocimiento general. Lo anterior debido a que, siendo una estrategia atractiva con la cual el gobierno ofrece una alternativa para proteger el ambiente, no todos conocen acerca de esta opción. Se premia la iniciativa por forestar de quienes son propietarios de fundos susceptibles a ser sometidos a este tratamiento. Esto, por supuesto después de someterse a una valoración a nivel administrativo para ser titular (el propietario) del certificado que ofrece numerosas ventajas. Por ello debería de darse más promoción a este tipo de incentivos para lograr mayor efectividad. De otra parte, se comentó entre compañeros acerca de la oposición que presenta el tema de los incentivos que otorga la Ley Forestal, debido a que algunos piensan que nos e deben de premiar conductas que son obligatorios (principalmente de parte de los activistas en la protección del ambiente) y también, acerca de los proceso administrativos por los que atraviesa el otorgamiento del certificado. Sobre lo anterior, me pareció que el tema es sumamente interesante, pero para someterlo a discusión, es indispensable discurrir acerca de cuáles específicamente son los grupos críticos al respecto además de conocer concretamente cuáles son sus posiciones.

domingo, 17 de octubre de 2010

¡ Buenos equipos !


Esta semana estuvimos aprendiendo acerca de las leyes sobre las cuales se desarrolla la conservación del ambiente en nuestro país. Así, estuvimos analizando, con base en el informe que rindieron nuestros compañeros, la Ley de Conservación de la Vida Silvestre, la legislación forestal, el patrimonio natural del Estado, y las regulaciones sobre humedales. Sobre lo anterior, me pareció interesante como relaicionaron dichas normas con su respectivo marco institucional, en el cual las mismas encuentran refuerzo. Entre las instituciones que están al servicio de la legislación sobre la conservación de la vida silvestre destacaba el SINAC y así logramos apreciar otra perspectiva de la institución, apreciando su vínculo con el La Ley de Conservación de la Vida Silvestre además de trabajar en equipo con el Ministerio de Ambiente para a conservación del medio de acuerdo con los lineamientos que se contemplan en la ley de cita. Podemos concluir que apesar de nuestra crítica ante la desorganización de los institutos que procuran la conservación del ambiente, ante la observación de los instrumentos de carácter legal sobre los cuales se encuentra apoyo para el mismo fin, es posible ubicar una unificación idónea y un buen trabajo en equipo, al menos en teoría, de lo que antes llamamos marco institucional y de los mecanismos legales que nos dedicamos a estudiar esta semana.

domingo, 10 de octubre de 2010

SINAC


Esta semana aprendimos acerca del SINAC, la cual es una institución que se ha dado a la tarea de proteger el medio ambiente por medio de una división de áreas de protección. Me pareció muy importante el hecho de que anteriormente estuvimos discutiendo acerca de los conflictos de competencia que podrían percibirse a nivel institucional en cuanto a la conservación del medio ambiente y entonces, entramos a discutir sobre el SINAC o Sistema Nacional de Áreas de Conservación, y fue evidente que al menos a novel interno esta institución está organizada territorialmente, lo cual es un buen aporte para la clarificación del tema de competencia. Mi aporte esta semana, básicamente se resumía en que es precisamente la dinámica de trabajo del SINAC que yo considero efectiva e interesante pues mediante de ella se logra integrar y crear consciencia en la sociedad además de hacer a los ciudadanos partícipes de los proceso de conservación del ambiente. Mencionaba además que fue muy interesante el hecho de que el SINAC cuenta a lo interno con una estructura bastante clara y ordenada por lo que podemos afirmar entonces que no es un problema de las instituciones si no de la carencia de una estructura entre ellas.

viernes, 1 de octubre de 2010

[MarcO COnstituciOnal & InstituciOnal]


Bueno, vamos sentando las bases necesarias para avanzar en el estudio del Derecho Ecológico Ambiental y el siguiente paso es reconocer el marco Constitucional e Institucional de esta rama del Derecho con el fin de comprender la dinámica que en nuestro país se vive acerca de la protección del medio ambiente. Hemos venido tratando de posicionar los bienes de corte ambiental como objeto de protección Estatal y como razón de la obligación que cada ciudadano debe de adquirir con su medio y con los demás, sin embargo ahora, desglosaremos como esa idea está respaldada constitucionalmente:

>Artículo 21 Constitución Política: Derecho a la vida como Derecho Fundamental
>Artículo 46 Constitución Política: Derecho con que cuentan las personas de tener medios por los que se les prevea cuidado de su ambiente, entre otros valores, incluyendo expresamente la creación de leyes al respecto.
>Artículo 50 Constitución Política: Derecho al ambiente sano como un valor tutelado a nivel constitucional.

Bajo este marco, también es claro que partiendo de la esencia de estos artículos nacen diversas leyes que se desarrollan dentro del marco que la Constitución Política les define y además se nutren de los principios del Derecho Ecológico Ambiental para acercase a la realidad, como anteriormente estudiamos.
De otra parte, tenemos varias instituciones que son las encargadas dentro de nuestra extensión territorial de tutelar el ambiente y de hacer cumplir las dispociones que al respecto han emergido. Estas instituciones pueden ser enlistadas de la siguiente forma:




- Ministerio de Ambiente y Energía
o Contralor Ambiental
o Tribunal Ambiental Administrativo
o Consejos Regionales Ambientales
o SETENA

- Ministerio de Salud Pública
o División de Saneamiento Ambiental

- Departamento de Control Ambiental
- Ministerio de Agricultura y Ganadería
- Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, riego y avenamiento (SENARA)
- Instituto Costarricense de Electricidad ICE
- Defensoría de los Habitantes
- Procuraduría Ambiental y de la Zona Marítimo Terrestre
- Corporaciones Municipales
- Ministerio de Seguridad Pública – Destacamentos de la Fuerza Pública
- Servicio Nacional de Guardacostas

- Poder Judicial
o Sala Constitucional
o Ministerio Público
o Juzgados agrarios

Analizando a fondo las competencias de cada una de las instituciones mencionadas, nos enteramos de que puede existir un conflicto de competencias entre ellas debido a que muchas sirven como instancia para la misma acción y no existe entre ellas algún tipo de división de jerarquía territorial o funcional con la cual pudiera acudirse a la instancia más idónea y evitar conflictos. De lo anterior y a modo de reflexión personal considero es necesario que se elabore un sistema de distribución de competencia por las condiciones o tipo de casos que se deban de regular en estas instituciones. Indicar que el Ministerio de Seguridad Pública debe de velar por el cumplimiento de las regulaciones ambientales es abrir un portillo muy amplio en ese sentido; pues al igual que las municipalidades por medio de las restricciones urbanísticas que imponen con los planes reguladores, tienen la potestad de velar por la protección del ambiente, pero eso genera doble instancia para acudir en un cantón y reclamar sobre detrimentos al ambiente. Este tipo de conflictos a nivel institucional, generan un problema de competencia, no porque no sea buena la diversidad de instituciones al tanto, es que refleja la carencia de un control unificado y organizado.