En la etapa final del curso, y de la carrera en general, siempre es bueno detenerse y rescatar los aspectos que tomaron más relevancia durante el desarrollo del cuatrimestre. Cada materia de forma diferente aporta algo nuevo a nuestra formación profesional, y precisamente, Derecho Ecológico Ambienta, no fue la excepción. Cada semana, estuvimos revisando temas que nunca dejaron de vincularse con la realidad actual que nos rodea. Siempre los temas lograron tomar vida a nivel nacional y crear en nosotros consciencia jurídica al respecto. Considero que temas como turismo ecológico, daño ambiental y desarrollo sostenible nunca pueden perderse de nuestra vista y valoración jurídica. Estudiar la incidencia del Derecho en estas situaciones, nos permite ampliar nuestra perspectiva acerca de los sucesos actuales relacionados con el tema del ambiente y de la ecología, y eso es un ya, de por si un aporte inmenso a nuestra formación como abogados. En este sentido, considero que el espacio que no dimos en este blog para, no únicamente cumplir con las asignaciones semanales pero para realizar una síntesis y reflexión acerca de lo que estudiamos, fue una práctica excelente, que originará buenos frutos a mediano plazo. Echamos un vistazo a la amplia rama del Derecho Ecologico y a mi, en lo personal, me encantó y por ello, me motivó a conocer más acerca del tema. Puede no ser una de las llamadas áreas o ramas clásicas del Derecho, sin embargo, después de estas casi quince semanas ocupándonos en ella, logró generar mucho más interés en mi, y podría asegurar que en muchos otros compañeros más. Para responder la interrogante con la cual iniciamos, o sea, ¿Que estamos haciendo a nivel jurídico, con el medio ambiente en el cual Dios nos designó vivir? aún requiere de más material, más investigación y más conocimiento, pero, ustedes pueden juzgar de las reflexiones acá expuestas y sacar algunas conclusiones o, al igual que yo, procurar continuar en el estudio del Derecho Ecológico y Ambiental para llegar a conclusiones más exactas.
"Y vio Dios todo lo que había hecho, y he aquí que era bueno en gran manera". Gn 1:31 ¿Qué era tan bueno? Pues el resultado de la creación del hombre de parte de Dios, a quien delegó señorear sobre lo que Él había creado. Pero ¿qué tan bueno fue el trabajo del hombre en su papel de administrador de la creación? Lo cierto es que el Derecho tuvo que interferir en esta esfera del hombre. Echemos un vistazo en el papel del Derecho Ecológico Ambiental en la interacción del hombre con su medio
viernes, 17 de diciembre de 2010
Reflexión Final
En la etapa final del curso, y de la carrera en general, siempre es bueno detenerse y rescatar los aspectos que tomaron más relevancia durante el desarrollo del cuatrimestre. Cada materia de forma diferente aporta algo nuevo a nuestra formación profesional, y precisamente, Derecho Ecológico Ambienta, no fue la excepción. Cada semana, estuvimos revisando temas que nunca dejaron de vincularse con la realidad actual que nos rodea. Siempre los temas lograron tomar vida a nivel nacional y crear en nosotros consciencia jurídica al respecto. Considero que temas como turismo ecológico, daño ambiental y desarrollo sostenible nunca pueden perderse de nuestra vista y valoración jurídica. Estudiar la incidencia del Derecho en estas situaciones, nos permite ampliar nuestra perspectiva acerca de los sucesos actuales relacionados con el tema del ambiente y de la ecología, y eso es un ya, de por si un aporte inmenso a nuestra formación como abogados. En este sentido, considero que el espacio que no dimos en este blog para, no únicamente cumplir con las asignaciones semanales pero para realizar una síntesis y reflexión acerca de lo que estudiamos, fue una práctica excelente, que originará buenos frutos a mediano plazo. Echamos un vistazo a la amplia rama del Derecho Ecologico y a mi, en lo personal, me encantó y por ello, me motivó a conocer más acerca del tema. Puede no ser una de las llamadas áreas o ramas clásicas del Derecho, sin embargo, después de estas casi quince semanas ocupándonos en ella, logró generar mucho más interés en mi, y podría asegurar que en muchos otros compañeros más. Para responder la interrogante con la cual iniciamos, o sea, ¿Que estamos haciendo a nivel jurídico, con el medio ambiente en el cual Dios nos designó vivir? aún requiere de más material, más investigación y más conocimiento, pero, ustedes pueden juzgar de las reflexiones acá expuestas y sacar algunas conclusiones o, al igual que yo, procurar continuar en el estudio del Derecho Ecológico y Ambiental para llegar a conclusiones más exactas.
viernes, 10 de diciembre de 2010
Problema Ambiental

En este sentido, el problema toma más relevancia cuando se valora desde una perspectiva mundial, en donde se observa que cuando los recursos hídricos son escasos y aprovechados en el resto del mundo, en Costa Rica, se desaprovechan los recursos y a causa, principalmente, de la inconsciencia de los costarricenses, la situación del ríos como el Virilla empeora cada vez más.
Entre las consecuencias más serias que se perciben de este problema, según lo indicado por el médico Allan Ramos al diario electrónico Costa Rica Hoy, destacaron “… Leptospirosis, además están propensos a padecer diarreas por el consumo de agua contaminada y por supuesto que la calidad de vida de esas personas no será la adecuada”.
Se han procurado implementar soluciones para evitar el depósito de basura en el río, sin embargo por falta de presupuesto los esfuerzos han sido infructuosos. No obstante, la solución puede estar lejos de requerir montos grandes de dinero, puesto que al igual que la causa del problema, la solución se encuentra en las personas, y en su disposición de querer mejora esta situación. Siendo conscientes de que no se debe de tirar basura a los ríos, desde cada familia, se logrará mermar el problema y eventualmente la tendencia tomará fuerza hasta hacerlo algo cultural.
Fuentes:
• http://noticias.latino.msn.com/latinoamerica/costarica/articulos.aspx?cp-documentid=25212789
• http://costaricahoy.info/nacionales/el-virilla-un-rio-convertido-en-botadero-de-basura/4639/
viernes, 3 de diciembre de 2010
turismO sustentable

sábado, 27 de noviembre de 2010
DañO ambiental

domingo, 21 de noviembre de 2010
BiOtecnolOgía

Lo anterior, implica que, activamente se contribuya con el desarrollo de actividades tendientes al mejoramiento de las condiciones del ambiente y de las situaciones que inciden en este. Por ejemplo, en cuanto a la agricultura transgénica, por medio de avances tecnológicos se ha procurado y logrado mejorar o facilitar las condiciones por medio de las cuales se desarrolla esta actividad. Por supuesto, estamos partiendo de ideales, cercanos o no a la realidad, de lo que con base en lo estudiado en el curso, se podría esperar al respecto. Sin embargo, es un hecho que no siempre es así, pero el uso que nosotros demos a las facilidades que la tecnología nos ofrece, puede causar la diferencia.
jueves, 18 de noviembre de 2010
Webquest: Desarrollo Sostenible

domingo, 7 de noviembre de 2010
Agricultura Orgánica

Durante nuestra discusión quedó claro que los presupuestos bases que abarca este tipo de agricultura, incluyen toda actividad tendiente a la conservación y protección del medio dentro del desarrollo de la agricultura. Por ello, concluí qu si bien dentro de lo que estudiamos se encontraban definidos los principios que dirimen esta a la eco agricultura, podríamos afirmar que tal y como la actividad común da pasos evolutivos, así lo serán en este sentido aquellas situaciones que se presenten de la mano con esos avances y que generen protección efectiva del ambiente.
Delitos Ambientales

Ley de Patrimonio Histórico Arqueológico
Ley de Protección Fitosanitaria
Ley Forestal
Ley de uso, manejo y conservación de suelos
Ley de Conservación de la Vida Silvestre
Ley de la Zona Marítimo Terrestre
Código Penal
Ley de Patrimonio Arqueológico
sábado, 23 de octubre de 2010
Certificaciones ambientales & Incentivos Forestales
Las certificaciones ambientales y los incentivos forestales son parte de aquellos temas que se podría decir que deberían de ser de conocimiento general. Lo anterior debido a que, siendo una estrategia atractiva con la cual el gobierno ofrece una alternativa para proteger el ambiente, no todos conocen acerca de esta opción. Se premia la iniciativa por forestar de quienes son propietarios de fundos susceptibles a ser sometidos a este tratamiento. Esto, por supuesto después de someterse a una valoración a nivel administrativo para ser titular (el propietario) del certificado que ofrece numerosas ventajas. Por ello debería de darse más promoción a este tipo de incentivos para lograr mayor efectividad. De otra parte, se comentó entre compañeros acerca de la oposición que presenta el tema de los incentivos que otorga la Ley Forestal, debido a que algunos piensan que nos e deben de premiar conductas que son obligatorios (principalmente de parte de los activistas en la protección del ambiente) y también, acerca de los proceso administrativos por los que atraviesa el otorgamiento del certificado. Sobre lo anterior, me pareció que el tema es sumamente interesante, pero para someterlo a discusión, es indispensable discurrir acerca de cuáles específicamente son los grupos críticos al respecto además de conocer concretamente cuáles son sus posiciones. domingo, 17 de octubre de 2010
¡ Buenos equipos !

domingo, 10 de octubre de 2010
SINAC

viernes, 1 de octubre de 2010
[MarcO COnstituciOnal & InstituciOnal]

>Artículo 21 Constitución Política: Derecho a la vida como Derecho Fundamental
>Artículo 46 Constitución Política: Derecho con que cuentan las personas de tener medios por los que se les prevea cuidado de su ambiente, entre otros valores, incluyendo expresamente la creación de leyes al respecto.
>Artículo 50 Constitución Política: Derecho al ambiente sano como un valor tutelado a nivel constitucional.
Bajo este marco, también es claro que partiendo de la esencia de estos artículos nacen diversas leyes que se desarrollan dentro del marco que la Constitución Política les define y además se nutren de los principios del Derecho Ecológico Ambiental para acercase a la realidad, como anteriormente estudiamos.
De otra parte, tenemos varias instituciones que son las encargadas dentro de nuestra extensión territorial de tutelar el ambiente y de hacer cumplir las dispociones que al respecto han emergido. Estas instituciones pueden ser enlistadas de la siguiente forma:
- Ministerio de Ambiente y Energía
o Contralor Ambiental
o Tribunal Ambiental Administrativo
o Consejos Regionales Ambientales
o SETENA
- Ministerio de Salud Pública
o División de Saneamiento Ambiental
- Departamento de Control Ambiental
- Ministerio de Agricultura y Ganadería
- Servicio Nacional de Aguas Subterráneas, riego y avenamiento (SENARA)
- Instituto Costarricense de Electricidad ICE
- Defensoría de los Habitantes
- Procuraduría Ambiental y de la Zona Marítimo Terrestre
- Corporaciones Municipales
- Ministerio de Seguridad Pública – Destacamentos de la Fuerza Pública
- Servicio Nacional de Guardacostas
- Poder Judicial
o Sala Constitucional
o Ministerio Público
o Juzgados agrarios
Analizando a fondo las competencias de cada una de las instituciones mencionadas, nos enteramos de que puede existir un conflicto de competencias entre ellas debido a que muchas sirven como instancia para la misma acción y no existe entre ellas algún tipo de división de jerarquía territorial o funcional con la cual pudiera acudirse a la instancia más idónea y evitar conflictos. De lo anterior y a modo de reflexión personal considero es necesario que se elabore un sistema de distribución de competencia por las condiciones o tipo de casos que se deban de regular en estas instituciones. Indicar que el Ministerio de Seguridad Pública debe de velar por el cumplimiento de las regulaciones ambientales es abrir un portillo muy amplio en ese sentido; pues al igual que las municipalidades por medio de las restricciones urbanísticas que imponen con los planes reguladores, tienen la potestad de velar por la protección del ambiente, pero eso genera doble instancia para acudir en un cantón y reclamar sobre detrimentos al ambiente. Este tipo de conflictos a nivel institucional, generan un problema de competencia, no porque no sea buena la diversidad de instituciones al tanto, es que refleja la carencia de un control unificado y organizado.
viernes, 24 de septiembre de 2010
Principios: nutriendo las normas

-Principio de Igualdad
En materia de Derecho Ecológico Ambiental, no existe distinción entre personas ni naciones en cuanto a Derechos y Deberes sobre el ambiente
-Principio de Desarrollo Sostenible
Vincula los derechos económicos, sociales con el ambiente
-Principio de Soberanía Estatal
Cada nación tiene soberanía sobre los recursos propios, en cuanto a su explotación y conservación
-Principio de No Interferencia
Las actividades de cada Estado no afectarán de forma negativa el medio ambiente de otros Estados
-Principio de Responsabilidades Compartidas
Los Estados están en la obligación de responder por los daños que con sus actos ocasionen al medio ambiente de otros Estados
-Principio de Cooperación Internacional
Cada Estado tomará en cuenta el medio ambiente de los demás Estados a la hora de desarrollar actividades vinculadas con este
Principio de evitación prudente
Obligación de los Estados de adoptar medidas preventivas para evitar detrimentos al medio ambiente
Principios: Doctrina
-Solidaridad
-Transpersonalización de las normas jurídicas
-Regulación Jurídica Integral
Principios: Ley orgánica del ambiente
- Ambiente es patrimonio común de los habitantes de un país
-Derecho de los habitantes de disfrutar un ambiente sano y deber de protegerlo
-Deber del Estado de utilizar racionalmente los recursos naturales
- El que contamina el medio ambiente debe de reparar su daño
-El daño al ambiente se contituye delito
Principios: Ley de biodiversidad
-Respeto a la vida en TODAS sus formas
-Principio de CONJUNCIÓN de aspectos colectivos e individuales
-Equidad INTRA e INTER generacional
-Respeto a la DIVERSIDAD cultural
-Los elementos de la biodiversidad son elementos MERITORIOS
jueves, 23 de septiembre de 2010
Vamos ubicándonos

Salvaguardar el medio ambiente... Es un principio rector de todo nuestro trabajo en el apoyo del desarrollo sostenible; es un component
e esencial en la erradicación de la pobreza y uno de los cimientos de la paz.
Kofi Annan
¿ECOambiental?
"Thank God men cannot fly, and lay waste the sky as well as the earth."
